Preocupación por denuncia contra legislador nacional y periodista en Salta

La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su profunda preocupación por la decisión judicial que dispuso que el diputado nacional y periodista Martin Grande se abstenga de omitir opiniones sobre el Procurador General de Salta.

Esta decisión judicial se toma luego que el Procurador General de Salta, Abel Cornejo volvió a presentar una denuncia contra Martin Grande, por presuntos dichos injuriantes contra su persona. Para contextualizar el hecho el Procurador ya había denunciado a Grande en el mes de julio del 2020 por otras opiniones sobre el formuladas por el periodista en su programa de FM 89.9 de la capital salteña. Por disposición del Tribunal de Juicio Sala V las denuncian se acumularon y la Jueza Gabriela Romero Nayar dispuso que “el Sr. Martín Federico Grande Durand deberá abstenerse de calumniar e injuriar al querellante, Dr. Abel Cornejo, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de Desobediencia Judicial, previsto y reprimido por el art. 239 del CPP”.

Según el propio legislador nacional y periodista explicó en un programa de televisión, la denuncia se inicia en razón de un Twit que emitió desde su cuenta personal de la red social, donde se denunció casos de vacunación vip en la provincia de Salta.

Desde la Fundación LED se advierte sobre el riesgo que este tipo de decisiones judiciales ejercen sobre el pleno ejercicio de la labor periodística al criminalizarla e intentar vulnerar el secreto de las fuentes de información garantizado por la Constitución Nacional

La utilización de procesos judiciales como herramienta para controlar o acallar la labor periodística es claramente contraria a los principios legales de nuestro país y a los que sostiene el sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Cabe recordar que el resguardo y salvaguarda de las fuentes de información periodística quedó establecida en el principio 8 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la OEA cuando afirma que: “Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales. Este principio establece el derecho de todo comunicador social a negarse a revelar las fuentes de información como así también el producto de sus investigaciones a entidades privadas, terceros, autoridades públicas o judiciales. Se considera que el secreto profesional es el derecho del comunicador social de no revelar información y documentación que ha recibido en confianza o como parte de su labor de investigación. […] Los periodistas y las demás personas que obtienen información de fuentes confidenciales con miras a difundirla en pro del interés público tienen derecho a no revelar la identidad de sus fuentes. Por lo tanto, la confidencia constituye un elemento esencial en el desarrollo de la labor periodística y en el rol conferido al periodismo por la sociedad de informar sobre asuntos de interés público”.

Desde la Fundación LED expresamos repudio y profundo rechazo por la medida judicial y ratificamos una vez más la importancia que tiene para el desarrollo de una sociedad democrática el ejercicio de la prensa sin limitaciones y el respeto a la labor periodística como pilar del derecho a la libertad de expresión en Argentina