La Fundación LED -Libertad de Expresión más Democracia- manifiesta su preocupación ante una eventual afectación del derecho de libertad de expresión con motivo de la demanda interpuesta por la Señora Cecilia Pando contra la revista Barcelona en relación a imágenes publicadas dentro del contexto humorístico-satírico que caracteriza a esa publicación.
En el caso en cuestión, la naturaleza y objeto editorial de la Revista Barcelona es el humor, la sátira, la caricatura, la opinión desenfrenada y mordaz. El humor irreverente es característica de la publicación con el que en su entrega quincenal burlan, opinan y analizan la realidad desde una visión original, tanto en sus aspectos sociales, políticos, económicos y policiales.
Si se pretende censurar este tipo de expresión se afecta en forma directa el derecho de la libertad de expresión reconocidos en nuestro plexo constitucional como en numerosos fallos que así lo avalan y sostienen.
En efecto, el artículo 13 del Pacto Interamericano de Derecho Humanos -Pacto de San José de Costa Rica- establece que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento a su elección”.
En el mismo sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que “la garantía que ampara la libertad de expresión no se limita al supuesto previsto en los artículos 14, 32 y 33 de la Constitución Nacional, sino que abarca las diversas formas en que aquella se traduce, entre las que figura la libertad de creación artística”. Asimismo, ha fijado que “El derecho de expresión es un derecho fundamental cuya vigencia condiciona el ejercicio de casi todos los demás derechos, razón por la cual las restricciones admisibles tienen carácter excepcional».
En cuanto a la extensión del derecho constitucional ha dicho que “La garantía constitucional que ampara la libertad de expresarse por la prensa sin censura previa cubre -con algunas atenuaciones por las características de los medios empleados a las manifestaciones vertidas a través de la radio y televisión, en tanto éstas constituyen medios aptos para la difusión de las ideas y su tutela alcanza también a las manifestaciones de ésta índole vertidas en programas de corte humorístico, destinados a la sátira social o política”.( CSJN en autos “Cancela, Omar Jesús c/ Artear SAI. y otros”, 29/09/1998
T. 321, P. 2637)
El humor político ha nacido con la nación misma. Desde los albores de nuestra historia, la gráfica política fue la característica de populares publicaciones donde se analizaban y ofrecían visiones originales y humorísticas sobre la realidad de la época.
Mas cercanos en el tiempo, en abril del año 2008 el reconocido humorista gráfico, Hermenegildo Sabat, fue cuestionado por caricaturizar a la Presidente de la Nación en un medio gráfico de llegada masiva. En aquella oportunidad también manifestamos que la satirización y el humor polìtico deben considerarse como tales sin implicar persecuciones que restrinjan la libre expresión.
Desde la Fundación LED entendemos que en este caso la publicación efectuada por la revista Barcelona se ha dado dentro del contexto satírico humorístico en el cual la editorial expresa sus opiniones, ideas y pensamientos de manera habitual y sin configurar un expreso propósito por parte de los periodistas de injuriar o calumniar.
Bregamos una vez más por la libre publicación de ideas y pensamientos, sin fronteras y por cualquier medio de comunicación como pilar fundamental del debate libre y democrático.