Beneplácito por fallo en favor de la libertad de opinión.

La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su beneplácito por el fallo de Corte Suprema de Justicia de la Nación que desestimó la continuidad de una demanda por daños y perjuicios iniciada por la ex Presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner contra el periodista Eduardo Feinmann.

El juicio se había iniciado en el año 2016, cuando refiriéndose a las distintas causas judiciales que pesaban sobre la ex funcionaria el periodista la había llamado “coimera”. La demanda no prosperó ni en primera instancia, ni en la apelación ante la Sala F de la Cámara Nacional en lo Civil, la cual consideró que era posible distinguir en los dichos del periodista los hechos comprobables y aquellos que expresaban una opinión, destacado que estos últimos estaban protegidos por el derecho constitucional a la libertad de expresión y de prensa.  La ex Presidente presentó un recurso extraordinario ante el Máximo Tribunal el cual rechazó el mismo dejando firmes las sentencias anteriores.

En sus fundamentos la Corte toma los argumentos de la Cámara Nacional  al decir que  “las expresiones cuestionadas no debían considerarse injuriantes “ante la realidad de que en esa época se iban revelando noticias que provocaron la iniciación de diferentes causas penales” y que “aunque sin duda tiene[n] una connotación desfavorable, estimo que ante las circunstancias del caso no tiene[n] entidad ofensiva suficiente para configurar un ataque al honor que prevalezca sobre la protección constitucional de la libertad de prensa y de expresión”.

La Fundación viene insistiendo en la importancia que tiene para el debate público la tolerancia a la crítica que demuestren quienes ocupan funciones de gobierno, por ello este fallo es relevante y refuerza la importancia que tiene el ejercicio libre y sin condicionamientos de la labor periodística para el fortalecimiento de nuestra democracia.

LED reitera su satisfacción por la decisión de la Corte Suprema y continuará trabajando para que los principios reflejados en este fallo sean incorporados por toda la sociedad y en especial por quienes ejercen la función pública como requisitos fundamentales para el desarrollo de una sociedad democrática.