La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su beneplácito por la elaboración y publicación por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del Suplemento “Libertad de Expresión I. Real Malicia”.
El viernes 27 de octubre la Corte Suprema de Justicia de la Nación publicó en su sitio web el suplemento elaborado por la Oficina de Jurisprudencia el cual aborda, desde la jurisprudencia elaborada por el Máximo Tribunal, todos los aspectos vinculados a la doctrina de la real malicia haciendo una exposición de los fallos, divididos por temáticas, destacándose los que rechazan la teoría de exigir al periodista la “prueba de la verdad” de aquello que publican.
Desde esa perspectiva se analizó el alcance del derecho a la libertad de expresión vinculada especialmente al ejercicio del periodismo y las manifestaciones vinculadas a los funcionarios públicos.
En el documento se señaló que, en una sociedad democrática los funcionarios públicos deben hacer un mayor sacrificio, y dar cuenta de sus actos y brindar las explicaciones que desde el periodismo se solicitan ya que el pueblo tiene el derecho de acceder a la información que involucra a sus representantes, funcionarios ya que en esos casos el tema en cuestión es de los calificados como de interés público. Sobre este tema, la Corte citó un fallo propio que expresa: “Entre las libertades que la Constitución Nacional consagra, la de prensa es una de las que posee mayor entidad, al extremo de que sin su debido resguardo existiría tan sólo una democracia desmedrada o puramente nominal. Fallos: 342:1665 “De Sanctis”; 332:2559 “Brugo”; 331:1530 “Patitó” y 248:291 “Abal”
A su vez, la Corte indicó que no se le puede exigir a un periodista que pruebe ante la justicia sus dichos o la veracidad de la noticia que está comunicando, ya que se aplica en esos casos la denominada “teoría de la real malicia” que exige, para responsabilizar a un periodista que la noticia sea falsa, que sepa que es falsa y que aun así la publique. En este aspecto, la Corte cita el fallo “García” que establece que: “De acuerdo con la doctrina de la real malicia quien difunde información de interés público que pueda afectar el honor de figuras públicas o particulares que hubieran intervenido en cuestiones públicas solo debe responder jurídicamente si el agraviado prueba la falsedad de la información y que esta Secretaría de Jurisprudencia – Corte Suprema de Justicia de la Nación 46 fue difundida con conocimiento de su falsedad o con notoria despreocupación por su veracidad (Fallos: 342:1894)”
El suplemento publicado por el Máximo Tribunal resulta trascendente para comprender el alcance y la importancia del derecho a la Libertad de expresión en democracia, en un contexto donde, muchas veces, los periodistas son hostigados en relación a sus dichos. Tal como fue el reciente caso de la periodista de La Nación Más, Guadalupe Vázquez, quien recibió un trato muy duro durante el desarrollo de una entrevista televisiva efectuada al Diputado Nacional y Vicerrector de la Universidad Nacional de Buenos Aires Emiliano Yacobitti, quien la incomodó y le hizo pasar momentos de tensión al pretender responder una pregunta referida al manejo de las “cajas” de la UBA, llegando a levantarle el tono de voz y exigirle que debía demostrar sus dichos ante la justicia.
Desde la Fundación La LED manifestamos nuestro beneplácito ante la publicación efectuada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y continuaremos trabajando por la defensa de la Libertad de Expresión en Argentina.