La Fundación LED – Libertad de Expresión más Democracia- manifiesta su preocupación por la persistente negativa por parte del Poder Ejecutivo a brindar información pública vulnerando el derecho de acceso a la información, el cual es base y fundamento de todo el sistema democrático de gobierno.
A dos días del polémico fallo de la Corte que declaró la constitucionalidad de la Ley de Medios de Comunicación Audiovisual, la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal en un fallo que defiende el derecho al acceso a la información pública por el solo interés periodístico, ratificó la sentencia de primera instancia que ordenó al Estado Nacional entregar a la periodista solicitante, Mariel Fitz Patrick, quien integra el equipo de “Periodismo para todos”, copia de contratos entre Radio y Televisión S.E. y Pensado Para Televisión S.A. correspondientes a los años 2010, 2011 y 2012. La productora PPT -que encabeza Diego Gvirtz- es productora de los programas Duro de domar y 678.
La periodista había solicitado copia de esos contratos a la Jefatura de Gabinete de Ministros el 14 de diciembre del año pasado, pero desde allí le negaron la información. Primero, el 3 de enero de 2013, le informaron sobre la prórroga que establece el decreto de acceso a la información pública y más tarde, el 17 de enero, le comunicaron la denegación del pedido advirtiendo que la periodista no acreditaba un «interés legítimo» para pedir la información.
Recordamos que hasta el momento, no existe en nuestro país, pese al insistente reclamo de las organizaciones de la sociedad civil, una ley de Acceso a la Información Pública y que, tanto esta solicitud de la periodista como tantos otros pedidos que oportunamente se han cursado desde la Fundación LED, se fundan en el Decreto 1172/2003 que establece un Reglamento de Acceso a al Información Pública.
Los jueces de la Cámara fundaron su decisión, entre otros, en los fundamentos sentados en la causa “ Asociación Derechos Civiles” del año 2010 donde ese mismo tribunal sostuvo que el principio de publicidad de los actos de gobierno constituye uno de los pilares de todo gobierno republicano”.
Asimismo, los Camaristas entendieron que el Estado pretendió que la periodista acreditara el interés en obtener la información como un argumento para negar la solicitud , así, los jueces advirtieron: «La amparista invocó su carácter de periodista y ello también le confiere suficiente interés para pedir y obtener información pública, sin perjuicio, claro está, de la responsabilidad que pueda derivar del uso que le dé a dicha información».
Una vez más, desde la Fundación LED, manifestamos nuestra preocupación por los obstáculos que impone el Poder Ejecutivo Nacional para acceder a la información pública a periodistas, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos, aún con solicitudes formales y ordenes judiciales mediante y, expresamos la necesidad de la pronta sanción de una ley que garantice el acceso a la información pública como fundamento del control y transparencia de los actos de Gobierno en un estado de derecho.