Preocupación por una denuncian contra el periodista Alfredo Leuco

La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su preocupación por la denuncia presentada en contra del periodista Alfredo Leuco por parte del abogado de Cristina Fernández de Kirchner Dr. Gregorio Dalbón.
El Dr. Dalbón informó que había formalizado una denuncia por discriminación ante el INADI en contra del periodista, por una opinión expresada de manera pública en el programa televisivo “El diario de Leuco” que se emite por el canal “La Nación +” en el que invitaba al público a ver su programa “para tratar de fortalecer la nación con más libertad, con más igualdad, con más legalidad, sin kirchneristas, sin chavistas, y sin corrupción”. 
Si bien la denuncia carece de sustento y seriedad jurídica, debe ser señalada como un acto contrario a los principios que dan sustento una sociedad democrática, en la que más que limitar debe potenciarse el disenso y la diversidad de opiniones, especialmente cuando son referidas a temas de interés público. 
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que “ … en el debate sobre temas de interés público no sólo se protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquéllas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o la población (Caso Kimel vs. Argentina, sentencia del 2 de mayo de 2008, párr. 88)”.
En el caso particular la denuncia formulada desde el lugar que ocupa el Dr. Dalbón siendo el abogado de la actual vicepresidenta de la Nación, debe ser calificada no sólo como una asimetría de poder, sino especialmente como un real acto de hostigamiento a la independencia de la labor periodística y la pluralidad de voces, principios ambos contemplados en la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos.
En un estado democrático se espera que desde los más altos grados de poder se generen garantías para que todo ciudadano pueda expresarse libremente sin limitaciones ni hostigamiento por sus expresiones, ideas o ideología. Cuando la expresión es dada por un periodista en el ámbito de su labor para llevar información pública a la población, tiene una protección mucho más fuerte por parte del ordenamiento jurídico. 
Denuncias como la mencionada no solo menoscaban los derechos individuales del periodista afectado sino que vulneran indirectamente a la libertad de expresión y el derecho de los ciudadanos a informarse que está amparado especialmente por el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.”
Debemos recordar la doctrina fijada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos indicando que “el ejercicio periodístico sólo puede efectuarse libremente cuando las personas que lo realizan no son víctimas de amenazas ni de agresiones físicas, psíquicas o morales u otros actos de hostigamiento”.
Desde la Fundación LED continuaremos dando visibilidad a los hechos que entorpezcan el ejercicio de la labor periodística, entiendo la misma como condición indispensable para la consolidación de una sociedad democrática y reiterando nuestro compromiso en la defensa y difusión del derecho a la  libertad de expresión y de prensa, consagrado en nuestra Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales que la integran.