,

Polémica en torno al film subvencionado por el INCAA «Borrando a Papá»

La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) expresa su posición respecto a las opiniones suscitadas en torno a la proyección del documental “Borrando a Papá”, que tendría como argumento la situación de los padres que no tienen acceso de visita a sus hijos.

Si bien el estreno de esta producción que el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) financió y clasificó como Apta para Todo Público (ATP) estaba programado para el día 28 de agosto, este mismo organismo decidió suspender su exhibición argumentando la falta de cumplimiento de los trámites necesarios por parte de la productora, lo que ha sido interpretado por sus realizadores como una forma de dilatar la puesta en pantalla de la película.

A partir de este hecho se ha suscitado un debate público sobre si el contenido del documental podría resultar lesivo a los derechos de los niños reconocidos en diferentes tratados internacionales oportunamente incorporados a nuestra Constitución y, en función de ello, se ha cuestionado la pertinencia de la emisión del film.

Por otra parte, debe señalarse, que la intervención directa del organismo del Estado competente en la materia, es decir el INCAA, y sus clasificaciones de contenido previo a la proyección de cada film debería ser garantía suficiente para que éstos se encuadren dentro de la protección integral de los derechos del niño, integridad sexual de las personas y todo otro límite fijado por nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Sin embargo, las propias vacilaciones del Instituto, que hasta la fecha no ha expresado una posición oficial, han desplegado un manto de sospecha e incertidumbre sobre la producción y contenidos del film

La posición de LED es en defensa de la libertad de expresión, el respeto de los derechos constitucionales y los procedimientos judiciales previstos dentro del estado de derecho para dirimir las situaciones de conflicto cuando alguna expresión, opinión o posicionamiento afecta derechos de otros. Prohibir la emisión de un film, antes de su estreno y sin intervención judicial, podría constituir un hecho de censura previa. Recordamos lo establecido por el artículo 14 de la Constitución Nacional y el Pacto de San José de Costa Rica al declarar que el derecho a la Libertad de Pensamiento y de Expresión “no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por ley”.

Por tal motivo, si el documental en cuestión lesionara derechos de terceros o menores, el afectado o en su caso quienes tutelan sus derechos tendrán la posibilidad de recurrir a la justicia en busca de la reparación y sanción correspondiente, que puede extenderse, inclusive, a la interrupción de la proyección de la película.

La Fundación LED solicitará a las autoridades competentes información oficial sobre el film mencionado y seguirá con atención la evolución de este caso, dando amplia difusión a su desarrollo y solicitando el concurso de las instancias pertinentes a fin de garantizar la plena vigencia de los Derechos Humanos en nuestro país.

03/09/2014