La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta preocupación por la decisión del Poder Ejecutivo de Venezuela que ordenó sacar del aire a la cadena de noticias estadounidense y su asociada CNN en español.
Según fue informado públicamente, el gobierno de Nicolás Maduro abrió un procedimiento sancionatorio contra la cadena de noticias CNN luego de que la misma publicara información relacionada a la supuesta venta de visas y pasaportes venezolanos en la embajada de ese país en Irak. l.
La orden se llevó a cabo a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), organismo de control en materia de medios de comunicación y contenidos, la cual consideró que configuraría un caso de “propaganda de guerra” en contra del gobierno y ordenó la suspensión y salida inmediata de las transmisiones del Canal de Noticias CNN en Español en todo el territorio nacional
La decisión de la Conatel constituye un acto de censura que limita el derecho a la libertad de expresión garantizado por los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y, lamentablemente, es uno de los muchos que se vienen sucediendo en Venezuela desde hace varios años.
En ese sentido y tal como lo hemos advertido en reiteradas oportunidades, la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos de Venezuela, llamada Ley Resorte tiene un alto contenido ético y moral y se aplica en combinación con la Ley Orgánica de Telecomunicaciones que normativiza aspectos técnicos y administrativos para la prestación de servicios de comunicación audiovisual. Estas normas, en conjunto, afectan los derechos individuales y la libre expresión ya que regula estrictamente los contenidos vertidos por los medios de comunicación. La norma detalla que los contenidos emitidos bajo cualquier formato por medios de información que pudieran afectar la moral, el decoro, inciten a la violencia o afecten la moral de los niños podrían ser plausibles de una sanción. Asimismo, la ambigüedad de la norma abre la posibilidad de una interpretación subjetiva sobre los contenidos, afectando el ejercicio y la libre comunicación de opiniones, fotos e imágenes.
Frente a ello se destaca que en el año 2016, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Informe Anual 2015, al referirse a la situación de la libertad de expresión en Venezuela recordó que “la libertad de expresión debe garantizarse no sólo en cuanto a la difusión de ideas e informaciones recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferente, sino en cuanto a las que ofenden, chocan, inquietan, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la población”. En efecto la suspensión de las emisiones de un canal televisivo vulneran la libre expresión garantizada por el artículo 13 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH que condena las presiones directas o indirectas del Estado tendientes a silenciar la labor informativa de los comunicadores.
La Fundación LED repudia la decisión el gobierno Venezolano en cuanto vulnera la libertad de expresión e insta a que los Estados adopten medidas positivas para asegurar la vigencia de este derecho en toda la región.