El 13 de Julio de 2012 el vicepresidente del “Grupo Veintitrés”, licenciado Sergio Szpolski, se comunicó telefónicamente con la Fundación LED.
Posteriormente aportó información respecto del Caso 5 consignado en el Informe de Medio Año, “Limitaciones al ejercicio de la Libertad de Expresión” Argentina 2012, en cuanto a que el día 11 de julio de 2012, en la causa 857/12 “Sergio Szpolski s/coacción” la Sala V de la Cámara Criminal y Correccional, integrada por los Dres. Rodolfo Pociello Argerich, María Laura Garrigós de Rébori y Mirta López González, dictaminó que: ”…en ese contexto, en el que indudablemente se han producido intercambios telefónicos, la inexistencia de pauta alguna que permita deducir que las manifestaciones de Szpolski en esa ocasión fueron diferentes a las anteriores conversaciones, conlleva a un estado de duda que impide tener por acreditado, aún con el grado de provisoriedad que requiere esta etapa procesal, que en la comunicación mantenida el 6 de enero de 2012 el imputado haya amenazado a Alfie para que éste dejara de escribir notas periodísticas sobre él. En ese orden de ideas…corresponde, por imperio del principio in dubio pro reo, homologar el sobreseimiento de Szpolski…”