Restricciones a la información pública en la Provincia de Santa Cruz.

La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su preocupación ante una resolución de la justicia de la provincia de Santa Cruz que, mediante un oficio, notificó a distintos medios provinciales la prohibición de publicar información en una causa vinculada al vicegobernador Eugenio Quiroga que tramita en la justicia de familia.

Según el oficio, remitido por la Dra. María Florencia Olivera, a cargo de la Secretaría de Violencia Doméstica del juzgado en el cual subroga la Dra. Rosa Elena González, se comunica a los medios notificados la “prohibición de toda publicidad, divulgación  y/o difusión de las circunstancias de hecho” de la causa en cuestión.

Resulta particularmente inusual que el oficio no refiera la causa sobre la cual deben abstenerse de informar los medios santacruceños, ya que por error o mala práctica jurídica la misma no aparece referida con claridad en el documento, lo cual hace imposible su cumplimiento.

Independientemente de este defecto formal, el intento de la justicia de impedir que se dé a conocer información sobre una causa judicial es una posible limitación al ejercicio de la libertad de expresión y de prensa y del derecho al acceso a la información consagrados en nuestra Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales que la integran.

Más allá de las inconsistencias del oficio, resulta claro que la medida tiende a evitar que se difunda información en una causa de familia que involucra al vicegobernador de la provincia, sobre el que pesa además una denuncia penal vinculada a su ámbito familiar.

El intento de silenciar la información sobre el funcionario en los medios provinciales, se agrava por el hecho de que el vicegobernador anunció por la red social Twitter que tomaría licencia hasta tanto se investigue una denuncia que pesa en su contra sin informar oficialmente los motivos de la misma. Desde ese posteo, publicado el 17 de abril del corriente, no hubo explicación oficial del funcionario ni del gobierno que integra.

De este modo, el silencio de Quiroga, la falta de información oficial y la medida judicial destinada a silenciar a los medios de comunicación constituyen una grave restricción al derecho de información de los ciudadanos de Santa Cruz, ya que como reza el principio 11 de la Declaración de Principios sobre libertad de expresión “los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad” por lo que los hechos vinculados a sus conductas, aun las que estén reservadas a su ámbito personal, resultan de interés de la sociedad para la eventual evaluación de sus responsabilidades en el ejercicio del cargo. Siendo entonces información de interés público, negarla constituye una grave restricción a un derecho consagrado en la Constitución Nacional. La rendición de cuentas de los funcionarios a la sociedad es una obligación indelegable.

Nuestra Constitución Nacional en su artículo 14 garantiza el derecho de todos los ciudadanos “de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa”, por su parte,  la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) establece claramente en su artículo 13 que el ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión “no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores” y a su vez la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH fija estándares de mayor exigencia de transparencia e información para los funcionarios públicos.

En consecuencia, debe reverse la medida dispuesta por la Justicia, ya que si los medios restringen la información vinculada a los hechos que involucran al Vicegobernador, el derecho vulnerado será el de todos los ciudadanos.

LED dará seguimiento a la evolución de este caso y continuará trabajando para que toda la sociedad, incluidos los poderes judiciales, comprendan que la labor de la prensa independiente es una condición indispensable para la plena vigencia de los Derechos Humanos.