La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su beneplácito por la decisión del Gobierno Argentino de dar cumplimiento a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) relativo al derecho a la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación, luego de más de cuatro años de su dictado.
En el marco del caso “Fontevecchia y D´Amico Vs. Argentina”, en el año 2011, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado Argentino por haber violado el Derecho de Libertad de Expresión reconocido en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de los periodistas Jorge Fontevecchia y Hector D’Amico.
La sentencia de la CIDH dispuso que el Estado Argentino dejara sin efecto la sentencia civil impuesta a los periodistas, así como sus consecuencias y abonara los montos determinados por reparaciones. Asimismo, el Estado Argentino debía publicar la sentencia y rendir un informe sobre las medidas adoptadas para cumplimentar el fallo, dentro del plazo de un año.
En el mismo sentido, la CIDH estableció que supervisaría el cumplimiento íntegro de la Sentencia de Fondo, reparaciones y costas, en ejercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana, y sólo daría por concluido el caso una vez que el Estado Argentino hubiese dado cabal cumplimiento a lo dispuesto. Pero sucedió que hasta el pasado 19 de febrero, fecha en que el Poder Ejecutivo publicó el resumen de la sentencia, el Gobierno Argentino no había cumplido ninguna de las mandas de la Corte.
La causa fue iniciada en el año 1995 por el entonces Presidente de la Nación, Carlos Saúl Menem y los hechos del caso se vinculan con dos notas publicadas el 5 y 12 de noviembre de ese año en la revista Noticias en la cual se desempeñaban como editores los periodistas Jorge Fontevecchia y Hector D’Amico. En dichas notas se vinculaba al entonces Presidente de la Nación con la existencia de un presunto hijo no reconocido, el crecimiento patrimonial de la madre del niño en los años siguientes a su nacimiento, de las amenazas sufridas por la madre del niño y sus gestiones para obtener asilo político en el Paraguay.
El ex Presidente Menem demandó civilmente a la editorial de la revista así como a Jorge Fontevecchia y Hector D’Amico a fin de obtener un resarcimiento económico por el alegado daño moral causado por la supuesta violación del derecho a la intimidad, consecuencia de las publicaciones de la revista. Adicionalmente, se solicitó la publicación íntegra de la sentencia a cargo de los demandados.
En el ámbito local, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la condena impuesta por la Cámara Nacional en lo Civil que obligaba a los periodistas a pagar un resarcimiento económico al ex presidente Menem por haber violado su intimidad. Esa sentencia fue llevada ante la CIDH por los periodistas afectados.
En el fallo del año 2011, la CIDH entendió que dicha condena no era necesaria en una sociedad democrática por lo que tampoco era compatible con lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El fallo fue trascendente puesto se establecieron diversos estándares que deben guiar las decisiones de los jueces respecto de la protección de la libertad de expresión en casos en que están en juego los derechos a la privacidad, la honra y la reputación
En el mes de setiembre de 2015 y, ante la omisión del Estado Argentino de informar desde el año 2011, respecto del cumplimiento de la referida sentencia, la CIDH declaró que se habían incumplido las medidas ordenadas y dispuso que el Gobierno Argentino presente antes del 31 de marzo de 2016 un informe indicando las medidas adoptadas para cumplir con las reparaciones ordenadas.
La reciente decisión del Poder Ejecutivo Nacional de publicar, el pasado 19 de febrero, el resumen de la sentencia de la CIDH, a más de cuatro años del fallo, resulta alentadora respecto de la plena vigencia del derecho de libertad de expresión. Con esta decisión, el Poder Ejecutivo Nacional, no solo cumple con la manda dispuesta, sino que refuerza el compromiso en la defensa de los Derechos Humanos en nuestro país.
Desde la Fundación LED reiteramos nuestro beneplácito por la decisión adoptada e instamos a que se concreten las medidas pendientes para la plena reparación de los periodistas afectados. Manifestamos nuevamente la importancia que reviste el cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por parte de los Estados a fin de dar plena operatividad a los derechos y garantías amparados por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que a ella se integran.
22/02/2016