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Dictamen del Senado sobre el proyecto Argentina Digital

La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) desea manifestar su posición respecto a las modificaciones introducidas al proyecto “Argentina Digital” referentes a la integración y funcionamiento de la Autoridad de Aplicación de dicha norma.
Acorde al último texto difundido del dictamen de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado de la Nación la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  tendrá como funciones la regulación, el control, la fiscalización y verificación en materia de las TIC en general, de las telecomunicaciones en particular, del servicio postal y todas aquellas materias que se integren a su órbita conforme a la ley.
El Directorio de este organismo tendrá una integración casi idéntica a la del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), de clara mayoría oficialista. Un presidente y un director designados por el Poder Ejecutivo nacional; tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual y las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización, que serán seleccionados por ésta a propuesta de los bloques parlamentarios, correspondiendo uno a la mayoría o primera minoría, uno a la segunda minoría y uno a la tercera minoría parlamentarias; un director a propuesta de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y un director a propuesta del Consejo Federal de Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización .
A su vez, mediante este proyecto se modifica el Capítulo III de la Ley 26.522, redefiniendo a la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual como Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización.
Desde LED hemos observado en reiteradas ocasiones que la actual composición de la AFSCA es un importante obstáculo para el cumplimiento de las funciones que le otorga la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y que el accionar discrecional que ha demostrado hasta ahora constituye una limitación al ejercicio de la libertad de expresión y de prensa en nuestro país.
En consecuencia, entendemos que la conformación de un organismo con una estructura casi idéntica difícilmente logrará resultados diferentes. Se estaría entonces desperdiciando la oportunidad de incorporar las experiencias adquiridas a partir de la aplicación de la LSCA y se replicaría un modelo que no ha aportado a la pluralidad y la transparencia buscadas.
Adicionalmente debemos recordar que el proyecto en debate otorga amplias facultades al nuevo organismo que le permiten intervenir en los acuerdos entre privados, establecer penalidades y otorgar o quitar licencias, con lo cual la posibilidad de que se intente utilizarlo como herramienta de presión sobre las empresas del sector no debería ser ignorada.
En similar sentido y atendiendo a que se modifica la LSCA en lo referente a la Comisión Bicameral pertinente, sería oportuno revisar la composición misma de la AFSCA a fin de lograr que el organismo cumpla de manera cabal con sus objetivos.
Por otra parte, resulta llamativo que se decida unificar el control parlamentario de ambas normas y no se advierta que una decisión similar debería analizarse respecto a los organismos de aplicación de las mismas.
De sancionarse como ley el proyecto Argentina Digital, tanto las empresas prestadoras de TIC, como las de Servicios de Comunicación Audiovisual estarán en distintas circunstancias bajo la órbita de dos organismos de aplicación diferentes, con las dificultades técnicas y administrativas que ello implica.
Como conclusión podemos decir que las modificaciones propuestas no mejoran lo planteado en el proyecto original respecto a la Autoridad de Aplicación, sino que replican los errores ya cometidos con el diseño institucional de la AFSCA, se desperdicia la oportunidad de corregir dichos errores generando un organismo de aplicación “técnico e independiente” como señaló la Corte Suprema de Justicia de la Nación y se insiste en analizar de manera separada las Tecnologías de la Comunicación y la Información y los Servicios de Comunicación Audiovisual ignorando los permanentes avances de la tecnología que vuelven cada vez más difusos los límites entre ellos.
LED seguirá con atención el tratamiento legislativo de este proyecto y presentará sus propuestas en los ámbitos pertinentes con la intención de enriquecer el debate y lograr una norma que garantice la plena vigencia de la libertad de expresión en la Argentina.