La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) expresa su preocupación por la sentencia de la Jueza Civil de la provincia de Formosa, Giselle Verónica Drovandi, que condena a varios medios de comunicación al pago de una indemnización en favor del gobernador de esa provincia Gildo Insfrán.
Como ya lo había advertido la Fundación LED en el “Informe Limitaciones a la Libertad de Expresión 2013” –caso 38 / 8 de febrero de 2013– el gobernador de la provincia de Formosa, Gildo Insfrán intentó censurar a la emisora radial “Radio Fantasía”, al diario “Opinión Ciudadana” y al medio digital de noticias “La Corneta” mediante el inicio de acciones legales por daños y perjuicios contra esos medios y una “medida cautelar genérica”, que intimó a los responsables del diario “Opinión Ciudadana”, “Radio Fantasía” y diario digital “La Corneta”, a que “se abstengan de divulgar o reproducir cualquier tipo de noticia, nota periodística, imagen y/o comentarios” vinculados con el hijo del mandatario provincial fallecido años atrás.”.
El hecho que generó la demanda había ocurrido el día 21 de enero de 2013, cuando un oyente anónimo llamó al programa de radio «Mano a Mano» de Gabriel Hernández, para criticar al gobernador Gildo Insfrán, lo que impulsó al mandatario provincial, a demandar a Hernández, y a todos los medios de comunicación que informaron sobre el episodio.
La sentencia de la jueza se fundamenta en que los medios «no han cumplido con el deber de transmitir información veraz y de manera objetiva» y que «han permitido que se transmita una información que terminó difamando» al gobernador de la provincia.
La medida judicial resulta preocupante, ya que utiliza a la justicia como mecanismo para silenciar información o para evitar que algún hecho de la vida pública o privada de los gobernantes o sus allegados tome relevancia pública, utilizando la justicia provincial para cuestionar a los medios, y a sus periodistas, que brindaron el derecho a expresarse a un oyente.
La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos estipula que “Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público” y que “los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad” y por lo tanto “las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como leyes de desacato atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información.”
Estas normas, a las que adhiere nuestro país, deben ser tenidas en cuenta en este y en muchos otros casos en los cuales los periodistas son llevados ante la justicia a consecuencia de sus opiniones o de la información que difunden en temas de interés público.
Como hacemos permanentemente, volvemos a insistir en la necesidad de que toda la sociedad y en particular los funcionarios públicos comprendan e incorporen la importancia que tiene la labor periodística para el desarrollo de una democracia plena, y en consecuencia la necesidad de que se garantice y promueva su ejercicio sin restricciones.
Desde LED nos solidarizamos con los periodistas condenados y la fundación realizará un monitoreo sobre el tema para reafirmar el derecho a la libertad de expresión y de prensa en nuestro país.