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Impiden a Infobae cubrir un proceso judicial – Fundación Led

Impiden a Infobae cubrir un proceso judicial

La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su profunda preocupación por la decisión del Tribunal Oral N° 13 de la Ciudad de Buenos Aires que impide al periodista Gustavo Grabia, del portal de noticias Infobae, cubrir un juicio por homicidio y lesiones vinculadas a un espectáculo deportivo.

Si bien LED es siempre respetuosa de las resoluciones judiciales, la decisión del mencionado Tribunal que resuelve impedir al periodista Gustavo Grabia realizar la cobertura del juicio oral contra un grupo de “barra bravas” del Club Boca Juniors puede representar un lesión al ejercicio de la libertad de expresión y de prensa y al acceso a la información, derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales que la integran.

El periodista afectado cubría, en su condición de columnista especializado de Infobae, los detalles del juicio oral contra Rafael Di Zeo y otros miembros de la barra brava de Boca, hasta  que por una solicitud de los letrados de los acusados el tribunal resolvió impedir que ese medio y ese periodista continuaran con su labor.

Al respecto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha expresado que: “Cuando la información que dio origen a una demanda judicial es un juicio de valor y no se trata de una afirmación fáctica, no debe existir ningún tipo de responsabilidad. Uno de los requisitos para que exista responsabilidad es que se demuestre la falsedad de la información o que se compruebe que el demandado publicó una declaración con conocimiento o alto grado de posibilidad sobre su falsedad en el momento de la publicación. Si la información es un juicio de valor, es imposible la prueba sobre la verdad o falsedad, ya que se trata de una apreciación completamente subjetiva que no puede ser sometida a prueba.” y asimismo que “la reproducción fiel de información no da lugar a responsabilidad, aún en los casos en que la información reproducida no sea correcta y pueda dañar el honor de alguna persona.  Las bases de  esta doctrina se encuentran en la necesidad de la libertad de expresión e información para la existencia de una sociedad democrática.  Dentro de un sistema democrático, el debate debe ser fluido y amplio.  La publicidad de la información proveída por terceros no debe verse restringida por la amenaza de responsabilidad al informador simplemente por reproducir lo manifestado por otro.  Esto implica una restricción innecesaria que limita el derecho de las personas a estar informadas.”

En consecuencia lo resuelto por la justicia podría colisionar con el sistema Interamericano de Derechos Humanos al que nuestro país adhiere.

 LED dará seguimiento a este caso, entendiendo particularmente que sienta un preocupante precedente en materia judicial y continuará con su labor para que toda la sociedad y en particular quienes tienen responsabilidades en la función pública, asuman el rol de la prensa como requisito indispensable para el desarrollo de una sociedad democrática.