La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su preocupación respecto de las dos leyes aprobadas por la Cámara de Representantes de la Provincia de Misiones, las que crean la Fiscalía Especializada en Ciberdelitos y reforman del artículo 283 del Código Procesal Penal de esa Provincia, creando la figura de “Perfil digital encubierto” , por considerar que ambas contradicen normas referidas a la competencia en materia penal, sino que también pueden implicar una afectación a la libertad de expresión.
Respecto de la reforma al Código Procesal, la nueva norma establece que “En casos relacionados a delitos complejos, en que resulte indispensable la intervención en incógnito de un agente a través de los canales cerrados de comunicación, entornos y plataformas digitales, el Juez puede ordenar la intervención en incógnito de un agente mediante la autorización del uso de un perfil encubierto”
Por otro lado, el artículo 6 de la ley de creación de la Fiscalía Especializada en ciber delitos, faculta al fiscal, sin intervención de Juez competente “… para disponer el inmediato secuestro y reserva de los dispositivos móviles, informáticos, electrónicos o cualquier otro en virtud de que existan sospechas”.
Como se ha sostenido en el proyecto de declaración presentada en la H Cámara de Diputados de la Nación por los parte de los diputados Silvana Giudici y Emmanuel Bianchetti “Los mencionados proyectos refieren a cuestiones vinculadas estrictamente a la materia federal, como son las telecomunicaciones, las redes y la jurisdicción que el Estado Nacional mantiene sobre ellas, todo eso vinculado a la libre comunicación y circulación de información garantizado por los artículos 1, 14, 32, 75 inciso 22 y 121 de la Constitución Nacional” pudiendo implicar una afectación a la libertad de expresión. (expte 4765-D-2024)
Esta Fundación, en su declaración de fecha 29 de agosto de 2024 y en oportunidad de expresarse sobre los proyectos originales, ya advirtió que los mismos “de convertirse en leyes, afectarían sin lugar a dudas el sistema de distribución de competencias entre el estado nacional y el orden local, vulnerando el derecho a la libertad de expresión garantizado por la Constitución Nacional y podían importar un serio riesgo al ejercicio del derecho de libertad de expresión.
Normas como las comentadas recuerdan a estrategias planteadas en el pasado reciente por ciertos sectores políticos que pretendieron regular el discurso en las redes sociales, coartado la libertad de expresión; en este caso una legislatura local, inéditamente, aspira legislar en forma inconstitucional y sin competencia en la materia, en cuestiones que involucran redes sociales y plataformas de contenidos audiovisuales en internet.
La Fundación LED seguirá planteando en todo foro en el que participe que la libertad de expresión no solo es un derecho que la Constitución Nacional garantiza en su art.14 sino que también su defensa y protección resulta imprescindible para la vigencia de una democracia robusta.