La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su preocupación por la utilización de espacios públicos oficiales para la difusión de una campaña electoral con el fin de menoscabar a los candidatos opositores, en el contexto de la campaña electoral a la Presidencia de la Nación.
En las últimas horas distintos espacios y vías de comunicación de la empresa Trenes Argentinos aparecieron difundiendo una campaña en la cual se publica el valor actual de los boletos de tren con subsidio del estado y se lo compara con supuestas tarifas sin subsidios las cuales son atribuidas a los candidatos a presidente Patricia Bullrich de Juntos por el Cambio y Javier Milei de La Libertad Avanza.
Esta campaña publicitaria se produce luego de que el Ministerio de Transporte de la Nación, anunciara que los ciudadanos podrán renunciar a los subsidios al transporte. Si bien las piezas publicitarias que se muestran en la cartelería destinada a informar sobre el tiempo de arribo de los trenes, parecería haberse llevado a cabo por distintos sindicatos ferroviarios, viola las normas electorales vigentes y pone a los funcionarios y a los dirigentes sindicales involucrados ante un grave incumplimiento legal, además de implicar un intento de anular la pluralidad de voces y un aprovechamiento del estado con fines proselitistas, lo que genera desigualdad e inequidad respecto de los demás candidatos (Ley 26215).
El Artículo 64 quater del Código Electoral establece que “durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten”. Por otra parte, el artículo 128 ter de la misma norma estipula que “la persona humana o jurídica que incumpliera los límites de emisión, contenido y publicación de avisos publicitarios en televisión, radio, medios gráficos, vía pública, internet, telefonía móvil y fija, y publicidad estática en espectáculos públicos, será pasible de una multa de entre diez mil (10.000) módulos electorales y cien mil (100.000) módulos electorales.”
En el mismo sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha estipulado que “la utilización del poder del Estado para imponer criterios de restricción puede ser empleado como mecanismo encubierto de censura a la información que se considere crítica a las autoridades. Al analizar el alcance de la libertad de expresión dentro del contexto de los derechos protegidos bajo la Convención, la Corte Interamericana reconoció que la libertad de expresión es indivisible al derecho de difusión del pensamiento y de la información.”
Desde la Fundación LED, expresamos preocupacion y repudio por la utilización de los medios desde el Estado Nacional o desde los órganos sindicales y se dará seguimiento al caso, poniéndolo en conocimiento de los organismos internacionales especializados. Asimismo, continuaremos trabajando para que toda la sociedad y en especial quienes tienen responsabilidades públicas comprendan la importancia que tienen para el desarrollo de la democracia la libertad de expresión y de prensa y el derecho al acceso a la información por parte de los ciudadanos, en especial durante un proceso electoral.